Sentencia del TJUE quiebra la Ley del PP sobre desahucios

Sentencia del TJUE quiebra la Ley del PP sobre desahucios

La ley del PP viola los derechos humanos, así lo establece la sentencia del TJUE del 17 de julio.

El pasado mayo de 2013, el Partido Popular aprobó en solitario la ley 1/2013, rechazando las medidas propuestas por la Inicitiva Legislativa Popular de la PAH, que llegaba al Congreso con un millón y medio de firmas después de 500.000 ejecuciones hipotecarias desde el inicio de la crisis. La aprobación de la ley 1/2013 demostró un desprecio por la democracia por parte del Partido Popular, así como un desprecio por el sufrimiento de las miles de familias víctimas de la estafa hipotecaria.

Un año después, el TJUE dicta una nueva sentencia que pone de nuevo en evidencia al gobierno español. El TJUE establece que la actual legislación hipotecaria viola los derechos fundamentales de las personas, y situa al deudor hipotecario en una situación de desigualdad. La sentencia obliga, de nuevo, al gobierno del PP a modificar la legislación, en este caso la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La sentencia reconoce la vivienda como un bien de consumo de necesidad básica. Tal y como viene reclamando desde hace años la ciudadanía, que ha sido la primera en denunciar la vulneración sistemática de derechos humanos que supone la anómala legislación española. Es la ciudadanía la que está ofreciendo soluciones mientras las administraciones no sólo no están a la altura de las circunstancias, sino que legislan para beneficiar a los responsables de esta situación, tal y como demuestra la sentencia del TJUE.

La sentencia limita el derecho a la defensa de los deudores al impedirles recurrir en segunda instancia permitiendo que los bancos si lo hagan en una escandalosa desigualdad de las partes en el procedimiento. La ley española protege al fuerte y castiga al débil violando los principios más básicos del derecho a un juicio justo.  

La Sentencia del TJUE coincide con el motivo 5º del Recurso de inconstitucionalidad redactado por la PAH contra la Ley 1/2013 que denunciaba la violación de los articulos 14 y 24 de la Constitución española de 1978. Hasta la fecha el TC no realizado manifestación alguna al respecto de la necesidad de proteger a los deudores hipotecarios frente a Ley que hoy es declarada contraria al derecho comunitario.    

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sala Primera) ha dictado Sentencia en el asunto C-169/14, Sánchez Morcillo/Abril García vs BBVA, a raíz de unas Cuestiones Prejudiciales planteadas por la Audiencia Provincial de Castellón mediante Auto de fecha 02 de abril de 2014 afirmando que la Ley 1/2013 vulnera en el derecho a la tutela judicial efectiva el artículo 47 Carta de Derechos fundamentales de la Unión Europea y la Directiva 93/13 en materia de Consumidores y el no suspender el procedimiento hipotecario en caso de demanda ante el juzgado de lo mercantil es contrario al derecho comunitario.

La legislación anterior que regulaba las ejecuciones hipotecarias fue declarada ilegal por la Sentencia AZIZ dictada tambien por el TJUE. La Ley 1/2013 fue dictada en contra de la ILP de la PAH que reunió un millon y medio de firmas manteniendo las deudas perpetuas, los desahucios y un procedimiento sin garantias. Esta ley no solo no ha solucionada el problema sino que además ahora ha generado un nuevo caos procesal.

De nuevo, el gobierno del Partido Popular ha quedado en ridículo, ha quedado retratada su voluntad de favorecer los privilegios de la banca frente a los derechos fundamentales de las personas.

Tras este nuevo varapalo, el gobierno del Partido Popular queda retratado de nuevo. Desde la PAH exigimos la aprobación de las medidas de la ILP: moratoria de desahucios, dación en pago retroactiva y alquiler social para paliar una situación de emergencia habitacional provocada por las entidades financieras en connivencia con gobiernos de todos los colores.

Sí se Puede

Logo Sisepuede + propuestas

Deja una respuesta

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: La PAH - Plataforma de Afectados por la Hipoteca.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento: No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
  • Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.