A raíz del estado de alarma, el Gobierno decretó una moratoria de desahucios en casos de impago de alquiler y ocupación, vigente hasta el 31 de Diciembre 2026
A continuación, algunas informaciones y documentos útiles para acogerte a estas medidas y evitar quedarte en la calle en los próximos meses.
Temporalidad de la suspensión
Hasta el 31 de diciembre de 2026, incluido.
Alquileres
Entran: Impagos y finalizaciones de contrato.
Propietarios: todo tipo (pequeños y grandes).
Excepción: cuando el arrendador se encuentra también en situación de vulnerabilidad o tiene 1 o 2 viviendas.
Ocupaciones
Entran:
- Si la propiedad es de personas físicas y jurídicas con más de 10 viviendas.
- Si la entrada en la vivienda fue antes del 1 de abril de 2020.
Otras condiciones de acceso a la moratoria:
- Ocupantes: personas dependientes, víctimas de violencia contra la mujer o menores en la vivienda.
- No domicilios habituales ni segundas residencias del propietario.
Documentos útiles a descargar y presentar para hacer efectivo el Decreto
Como siempre, la mejor manera de defender nuestro caso es acercarnos a nuestra asamblea y empoderarnos para luchar juntas por resolver nuestra situación.
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