Hoy entra en vigor una ley aprobada in extremis al final de la legislatura que, entre otras cosas, permite el desahució aun más exprés en los casos de impago de alquiler. A pesar de que la PAH, como su propio nombre indica, nació para hacer frente a los desahucios y las deudas generadas por las ejecuciones hipotecarias, nuestra motivación siempre ha sido una lucha por el derecho a la vivienda, y hemos sido muy conscientes que uno de los grandes motivos que llevó a buena parte de la población a hipotecarse fue, precisamente, la desprotección de los inquilinos en la legislación española.
Por ello, nos solidarizamos con las personas inquilinas afectadas por estas leyes también injustas y os reproducimos a continuación el comunciado del Observatorio DESC, colaborador de la PAH desde sus inicios, sobre el tema. Antes del comunicado, que compartimos plenamente, queremos destacar que:
– La prisa que el gobierno no tuvo para aprobar medidas de apoyo a las familias más afectadas por la crisis, la ha tenido para sacar medidas que, una vez más, benefician a quienes más tienen.
– La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) que el gobierno decía que es muy difícil modificar en los artículos que afectan al procedimiento de ejecución hipotecaria, la ha modificado sin pestañear para desahuciar más rápido. Y por supuesto, la retroactividad que dicen que no se puede aplicar para la dación en pago, la aplicarán a los contratos de alquiler ya firmados, y esta vez los tertulianos del reino no protestarán por “la alteración de las reglas del juego en mitad de la partida” o la “inseguridad jurídica”.
– Qué casualidad que saquen ahora esta nueva medida que favorece a los grandes propietarios, justo ahora que las entidades financieras se han convertido en uno de los principales acumuladores de vivienda vacía.
Comunicado del Observatorio DESC frente a la agilización procesal del desahucio de viviendas en régimen de alquiler:
Desahucios exprés en el marco de la crisis: un despropósito que vulnera las obligaciones estatales en materia de Derecho a la Vivienda.
En septiembre de 2011 ha sido aprobada, con el voto a favor del PSOE, CiU, Grupo Mixto y Entesa Catalana, y la abstención del PP, la Ley de Medidas de Agilización Procesal, entrando en vigor hoy lunes 30 de octubre. Esta norma, dirigida a agilizar procesos y acortar los tiempos en los Tribunales, modifica, entre otras, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) con el fin de agilizar los desahucios por impago de alquiler.
A partir de hoy, cuando el propietario presente una demanda por impago, el secretario judicial dará diez días al inquilino para que pague la cantidad adeudada, abandone la vivienda o presente alegaciones por las que se opone al pago. Si transcurrido dicho periodo el demandado no ha hecho nada de esto, el secretario judicial procederá directamente a señalar fecha de desahucio, previa solicitud del propietario, sin necesidad de que se realice juicio alguno.
Esta modificación de la LEC viene a completar la llamada Ley de Medidas de Fomento y Agilización Procesal del Alquiler y Eficiencia Energética de los Edificios, denominada “Ley del desahucio exprés” que fue aprobada en 2009. Esta norma redujo de dos meses a uno el plazo que debe transcurrir entre el momento en el que el arrendador exige por requerimiento el pago de las deudas atrasadas y el momento en que puede presentar una demanda.
Tal y como ya puso de manifiesto en 2009 ante la aprobación de dicha Ley, el Observatori DESC considera que, en la actual crisis, ante la lluvia de despidos masivos, el aumento del paro alcanzando cifras históricas (casi 5 millones según los últimos datos) y las previsibles dificultades de muchas familias para hacer frente al pago del alquiler, una medida como esta resulta injustificable.
Las políticas impulsadas por el estado español de promoción del régimen de compra han hecho que sean los colectivos en mayor situación de vulnerabilidad – parados, familias migrantes, gente mayor, jóvenes precarios – y por lo tanto los más afectados por la crisis, los que se concentren en viviendas de alquiler. A pesar de las dificultades económicas, sin embargo, los estudios confirman que la vivienda es el gasto que toda familia prioriza. Antes se recortan otros gastos como la alimentación y el ocio. Sólo ante obstáculos insalvables los hogares postergan el pago del alquiler. Ante la inexistencia de un parque de viviendas de alquiler social capaz de acoger a las personas empobrecidas, flexibilizar los desahucios por motivos económicos significa, así, dejar en la calle a las víctimas de la crisis.
Con este nueva norma, el Gobierno de nuevo apoya a quienes más tienen restándole a quienes están en mayor situación de vulnerabilidad. En lugar de acabar con la inseguridad que supone sobrevivir en un mercado salvaje como el de la vivienda de alquiler, – con subidas indiscriminadas de rentas cada 5 años, exigencia de avales bancarios que vulneran la Ley de Arrendamientos Urbanos, incapacidad real de exigir por parte de los arrendatarios condiciones mínimas de habitabilidad, discriminaciones en función del color de la piel, orientación religiosa o nacionalidad del inquilino – opta por subvencionar a propietarios y desahuciar por la vía rápida a aquellas personas y familias en mayor situación de dificultad. En ningún caso distingue entre pequeños y grandes propietarios, como tampoco lo hace entre los que dejan de pagar por falta de voluntad y quienes lo hacen debido a una situación de insolvencia.
En resumen, llama la atención la incapacidad del legislador para intervenir en un mercado como el de la vivienda, cada día más desigual e inseguro, permitiendo la acumulación de millones de viviendas vacías en manos de grandes propietarios, inmobiliarias y entidades financieras sin penalización alguna, al mismo tiempo que cientos de miles de familias son desahuciadas sin derecho a la tutela judicial efectiva y sin que la administración disponga de un parque público de vivienda en régimen de alquiler social realmente asequible donde realojar a las familias afectadas. Según datos del 2011, cada día se realizan 178 desahucios en el estado español.
La ley del Desahucio Exprés y la nueva norma de agilización de los desahucios suponen un despropósito que, además, vulnera las obligaciones del estado español en materia de derechos humanos. Así, el Comité de Derechos Sociales de Naciones Unidas ha manifestado la obligación de los poderes públicos de que las políticas económicas y de vivienda prioricen la satisfacción del derecho a la vivienda de las personas en mayor situación de vulnerabilidad. El Comité, en la Observación General n.7 al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales sostiene la obligación de evitar desalojos por motivos económicos y de impedir que ningún desalojo conduzca a una situación de falta de vivienda. Finalmente, el Relator Especial de Naciones Unidas por el Derecho a la Vivienda, Miloon Kothari, en su visita a España recordó a los poderes públicos la obligación establecida en la Constitución, a partir del artículo 47 – que consagra el derecho a la vivienda – y el artículo 33 – que establece el uso social de la propiedad -, de impedir los usos antisociales de la propiedad como el abandono de bienes inmuebles.
La actual Relatora de Naciones Unidas por el Derecho a la Vivienda, Raquel Rolnick, por su parte, ha manifestado que los mecanismos de mercado se han mostrado insuficientes para garantizar el derecho a una vivienda adecuada para todos y todas. Es necesario un sector público activo que promueva formas seguras y asequibles de tenencia.
Por todo esto, y especialmente en la actual situación de crisis, “premiar” a quienes tienen viviendas vacías con ayudas a fondo perdido, como en el caso de la banca, y a la vez facilitar los desahucios por motivos económicos sin que exista un parque público de alquiler social, supone un despropósito que vulnera obligaciones estatales en materia de derechos humanos.
Observatorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales – DESC