El pasado día 29 de diciembre del 2023 entró en vigor el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, que amplió la “moratoria de desahucios” contenida en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.
Esta ampliación de la moratoria de algunos desahucios de alquiler y ocupación por un año más (del 31 de diciembre del 2023 al 31 del mismo mes del 2024) gracias a la presión social, nos permite formular, a través de nuestro abogado o abogada de oficio, un incidente de suspensión extraordinaria del desahucio que faculta al Juez para suspender temporalmente el lanzamiento de la vivienda habitual, de aquellas personas vulnerables que la estén habitando y no dispongan de alternativa habitacional, hasta el 31 de diciembre de 2024, si antes no hubiera alternativa habitacional que garantice a las personas en situación de vulnerabilidad el acceso a una vivienda digna. Si nuestro desahucio ya se paró anteriormente por la moratoria, la ampliación nos faculta a solicitar que siga suspendido hasta fin del año 2024, derecho que debemos plantear al juzgado, de nuevo mediante abogado/a.