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Nuevo documento útil: Solicita la ampliación del alquiler

  • Autor de la entrada:
  • Publicación de la entrada:22/03/2026
  • Categoría de la entrada:Comunicados

Mientras los precios del alquiler son inasumibles, ahora se suma un nuevo factor: el impacto de la guerra en Irán, que está encareciendo la energía y empujando la inflación. Esto no es algo abstracto: significa que vivir cuesta más, que llenar la nevera cuesta más y, sobre todo, que pagar el alquiler se hace aún más difícil para miles de familias.

A esta situación se le añade una realidad que conocemos bien: en 2026 y los próximos años vencen miles de contratos de alquiler firmados en plena burbuja reciente. Contratos que, si no se hace nada, se traducirán en subidas abusivas, expulsiones silenciosas o directamente desahucios invisibles. Todo esto ocurre mientras muchas comunidades autónomas se niegan a aplicar la ley de vivienda, bloqueando medidas básicas como la regulación de precios o la protección de los contratos en zonas tensionadas.

Ante este escenario aunque sea de forma muy limitada, el Gobierno a lanzado un Decreto que nace como un intento de poner freno a unos precios desbocados que están expulsando a las familias de sus hogares. Una medida que llega tarde y se queda corta, pero que demuestra algo clave: que cuando hay presión social y organización, incluso los gobiernos se ven obligados a intervenir.

En treinta días este Decreto será votado y veremos si es validado o la derecha defensora de la especulación y los beneficios de una minoria sigue secuestrando el derecho a la vivienda de la mayoria.

Si en este tiempo te acaba el contrato

¡APROVECHA!

Descarga el documento que hemos preparado, rellénalo y solicita tus derechos

Si tienes un contrato de alquiler de vivienda habitual que ya está en marcha, y se te va a acabar antes del 31 de diciembre de 2027 (ya sea porque termina el tiempo obligatorio o la prórroga automática), puedes pedir quedarte más tiempo.

¿Cuánto más puedo renovar el alquiler?

Hasta 2 años extra, renovando año a año.

¿En qué condiciones?

Las mismas que ya tienes: mismo precio, mismas condiciones, todo igual.

¿El propietario puede negarse?

En principio, no. Está obligado a aceptar, salvo en estos casos:
· Si habéis llegado a otro acuerdo distinto.
· Si firmáis un contrato nuevo.
· Si el propietario ha avisado correctamente de que necesita la vivienda para vivir en ella (según la ley).

Importante

Esta prórroga especial no se puede usar a la vez que otra prórroga que ya existe en la ley. Si hay conflicto, manda la otra.

Excepción importante

Todo esto no se aplica si tú y la propiedad acordáis renovar o hacer un nuevo contrato con un alquiler más barato que el actual.